Este documento fue elaborado antes de que dicha ley fuera aprobada, y por lo visto y observando que algunos lectores preguntan en que artículos se desarrolla el papel privatizador de la misma ley, se los damos a conocer, pues mucha de la desinformación dada por la maquinaria propagandista del partido de gobierno, creó una imagen falsa dando a entender que dicha ley le colocaba un cerrojo a la privatización cuando esto ha sido lo contrario al dejar que se le abrieran las puertas sin ninguna regulación a las empresas privadas, ya que SI le colocaron un cerrojo al papel regulatorio de las instituciones de estado para regular el papel de la empresa en el sistema mixto creado, para favorecer la finalidad de la privatización dentro de esa misma ley, que destruye el derecho constitucional al acceso de la salud como una necesidad para llevar a cabo dicho proceso. Dándole los poderes de ley que habilitan a la empresa privada a tomar un role mayor en la distribución del servicio de salud, con un concepto empresarial donde los enfermos no son mas que clientes generadores de su riqueza, en relación de costo-efectividad para generar el lucro, y no en términos del derecho avalado por la constitución salvadoreña para que estos tengan el acceso a la salud en términos de relaciones:
DERECHO CIUDADANO constitucional - CALIDAD SERVICIO y Acceso para todos, independiente de su condición económica.
considero falso que los partidos firmantes de dicha ley permitieran el debate a las organizaciones tales como AGEPIN y SIMESTRISSS, y las escuelas dedicadas a la labor de medicina que aportaban al debate desde una postura en esos campos y las leyes alrededor de estas. Pues ley que amparaba la creación de ese sistema privatizador fue hecho por políticos y comerciantes y sus abogados y no por los sectores que han estado en la praxis trabajando para dar ese servicio sin fines de lucro y defendiendo el derecho ciudadano que la constitución ampara.
Y considero falso que dicha ley de ninguna manera es un aporte ni pequeño ni grande para mejorar el sistema de salud, es simplemente la puerta abierta para el detrimento al derecho ciudadano a tener acceso a la salud, pues violenta la constitución en ese mismo proceso, al convertir al ciudano en un cliente de contratos con esquemas de administración privada y no como estatuto constitucional de derecho ciudano.
El derecho ciudano constitucional ha sido subordinado a ley de contrataciones privadas y sus conceptos de mercado que ahora toma espacio para ser el regulador del sistema de salud.
El análisis fue elaborado por AGEPYN. Nos explica cada una de las partes de los artículos que se encuentraban en la ley para crear el sistema Nacional de Salud (SNS). El documento constata los artículos que presentan el proyecto privatizador dentro de esa misma ley que fuera firmada por los partidos ARENA, PDC, PCN y CD.
ANALISIS CRÍTICO ACERCA DE EL ANTEPROYECTO DE LEY PARA EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
ANTE LA INMINENTE APROBACION DE LA LEY DE CREACION DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD PRESENTADA POR LA COMISION DE SEGUIMIENTO A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA.:
MOVIMIENTO PAIS SALUDABLE Y AGEPYM PRESENTA AL PUEBLO SALVADOREÑO:
UN ANALISIS CRÍTICO DEL ANTEPROYECTO DE LEY Y PROPUESTAS PARA EL DEBATE NACIONAL Y LUCHA EN CONTRA DE LA PRIVATIZACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD
EL MOVIMIENTO PAIS SALUDABLE ha examinado exhaustivamente cada uno de los 23 artículos de este anteproyecto de ley y ha hecho propuestas para cada uno de ellos :
Análisis Crítico
EN LOS CONSIDERANDOS no se toca el fondo del problema, ya que simplemente una adecuada articulación de los sujetos que intervienen en la gestión nacional de salud no garantiza resolver la problemática.
En relación a esto debe recordarse el carácter estructural de la problemática de salud, esto es fundamental para determinar el tipo de sistema, ya que permitiría diseñar políticas intra e intersectoriales mas aproximadas a la realidad a fin de atacar los determinantes de la salud que son: biológicos, del medio ambiente, socioeconómicos, físicos como la carencia de agua potable y aire contaminado y sanitarios.
Recordemos que en El Salvador LA PRINCIPAL CAUSA DE ENFERMEDAD Y MUERTE ES LA POBREZA Y SUS DERIVADOS: IGNORANCIA, FALTA DE EDUCACION, DESNUTRICION y VIOLENCIA.
CAPITULO 1
LEY DE CREACION DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
Articulo 1. No conceptualiza que entiende por SNS (sistema nacional de salud) solamente hace referencia a los integrantes o actores que constituyen el sistema, esta es una tremenda debilidad conceptual de la Ley.
Articulo 2. De los miembros:
Al integrar al CSSP (Consejo Superior de Salud Pública) al sistema nacional de salud, le anulan la autonomía como instancia que vela por la salud del pueblo y su potencial rol fiscalizador.-
FOSALUD es una instancia de carácter propagandístico que no debe ser parte del SNS ya que duplica acciones del MSPAS
El resultado de esta integración entre Ministerio de Salud, ISSS, CSSP, Sanidad Militar, Bienestar Magisterial, FOSALUD, Formadores de recursos Humanos e ISRI es que el sistema continua fragmentado, sin articulación, solo armonizado ya que cada entidad conserva sus propios cuerpos normativos contradiciendo el considerando numero cinco.
En las acciones dirigidas a mejorar la salud deben considerarse otros entes en calidad de actores de primer orden por lo que los Ministerios de educación, Ministerio de trabajo, Ministerio del medio ambiente, Ministerio de agricultura y ganadería y ANDA, deben ser miembros propietarios del Sistema nacional de salud y no simplemente colaboradores como pretende la Ley.
Articulo 3. Solo garantiza según la constitución Política el acceso y no la atención equitativa y universal.
Actividades del sistema
Articulo 5: Este articulo permite que cada institución del sistema actué bajo sus propios cuerpos normativos dejando autonomía de gestión.
En el literal b permiten a cada miembro del SNS definir sus propias metas de cobertura y estrategias para su implementación.
El mas peligroso es el literal c, ya que AQUÍ EL SNS DEFINIRA LAS” PRESTACIONES GARANTIZADAS”, que no son servicios de salud sino “PAQUETES DE SERVICIOS ESENCIALES” creando mecanismos de distribución de bienes y determinando que tipo de bienes en salud se deben de producir, con lo cual esta creando el SNS un sistema de mercado para asignación de los escasos recursos en donde el dinero tiene el papel capital.
El método de prestaciones garantizadas raciona y limita la demanda de servicios de salud, excluye de acciones personales de salud y permitirá la implementación de la estrategia para ampliación de cobertura del ISSS QUE PROPONE DOS POSIBILIDADES:
1-Venta de paquetes de seguros médicos para los salvadoreños que viven en el Extranjero
2-Un seguro estratificado por medio de una canasta esencial que garantice los servicios de medicina preventiva y comunitaria mas un conjunto de intervenciones de medicina general, pudiendo acceder a una canasta de servicios de mayor costo por medio de un CO-PAGO o de un DEDUCIBLE para disminuir los costos financieros al ISSS y cargárselo a los pacientes que compren el seguro.
Con este literal c, se legaliza un sistema de mercado de la salud y la venta de seguros médicos.
CAPITULO II
DE LA POLITICA NACIONAL DE SALUD Y LA RECTORIA
Rectoría
Articulo 8: Propone al Ministerio de salud Publica y asistencia social como ente rector del Sistema de salud
Articulo 9. El ISSS, Bienestar magisterial, Sanidad militar se sujetan a la rectoría únicamente en lo que corresponde a regulación de la prestación de los servicios de salud, conservando en lo demás las atribuciones que les da sus respectivas leyes
Este artículo CONTRADICE el artículo ocho, ya que se debilita la rectoría y le quita toda posibilidad de liderazgo. El Ministerio no asume papel rector efectivo
Artículo 10:
Nuevamente se debilita el papel de rectoría del MSPAS ya que sus funciones siguen siendo muy limitadas.
Actuación coordinada
Articulo 11. Los miembros del sistema nacional de salud, actúan conforme a las potestades establecidas por sus respectivos marcos normativos manteniendo coordinación y teniendo como directriz la Política nacional de salud-
Según este artículo se mantiene exactamente igual el actual sistema: con subsistemas, fragmentado, desarticulado, con falta de equidad y cobertura insuficiente ya que será cada Institución quien defina la tasa de cobertura, las prestaciones en cada nivel y las respectivas estrategias, con el mismo marco legal de cada Institución que está desfasado de la realidad
CAPITULO III
MODELO DE ATENCION DEL SISTEMA
Salud familiar
En la propuesta entregada por la comisión nacional de seguimiento a la Propuesta de Reforma Integral de Salud, el 21 de Marzo de 2007 a la Comisión de salud y medio ambiente de la Asamblea Legislativa se menciona en la pagina 56 que salud familiar no se refiere a la salud de cada uno de los integrantes de la familia, por lo que queda implícito que únicamente se refieren a servicios de medicina preventiva y comunitaria e intervenciones de medicina general, no a servicios integrales de salud con lo cual no se soluciona la actual problemática de salud
Articulo 17. Todos los miembros del sistema integraran sus esfuerzos en acciones de promoción de la salud, prevención del riesgo y el daño, rehabilitación y otras que requiera el nuevo modelo de atención
Este artículo deja claramente por afuera acciones integradas de tipo curativo, ambulatorias y de urgencia así como también las acciones de salud pública de protección de la salud
CAPITULO IV
MODELO DE PROVISION DEL SISTEMA
Naturaleza del modelo
Articulo 18.El modelo de provisión deberá ser mixto y regulado y en el que se articularan TODOS LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD, bajo la rectoría del Ministerio
Este artículo hace referencia a que la provisión de servicios de salud será Publica-Privada sin excepción de actores, contradiciendo el artículo dos de la ley que hace referencia a la participación con carácter excepcional para proveedores Privados.
En otras palabras SE INTITUCIONALIZA LA PARTICIPACION DE PROVEEDORES PRIVADOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD QUE ESTA BASADO EN UN SISTEMA DE MERCADO
Ampliación de cobertura
Articulo 19. Ampliación de cobertura de los servicios de salud en los tres niveles de atención, priorizando la atención en el primero y segundo nivel.
Para tal fin, se actualizaran acuerdos interinstitucionales entre cualquiera de los miembros del Sistema nacional de salud a través de
convenios, compraventas o intercambio valorado de servicios
COMENTARIO: En este artículo se establece el mecanismo de pago a proveedores: Convenios, compra-ventas o intercambio valorado de servicios, que son mecanismos de pago dentro de un sistema de mercado de salud
Con la institucionalización de la participación de proveedores privados y los modelos de pago se abre legalmente el camino a LA PRIVATIZACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD EN EL SALVADOR.
El espíritu de la ley no es mejorar la cobertura y la prestación de servicios sino garantizar legalmente la participación de empresas privadas en salud y asegurar jurídicamente mecanismos de pago a las mismas, tomando en consideración que de acuerdo al TLC las transnacionales deben participar en las licitaciones para prestación de servicios
Redes de atención
Articulo 21. El primer nivel de atención estará encaminado a la protección de la persona en su entorno familiar y comunitario.
Los establecimientos de primer nivel de atención funcionaran organizados en redes con un territorio y población definido, para GARANTIZAR PRESTACIONES BASICAS (PAQUETES) QUE ESTABLEZCA EL MODELO DE ATENCION
Segundo y tercer nivel
Articulo 22 El segundo y tercer nivel estará conformado por hospitales ACREDITADOS para cada una de las categorías.
Para el primer nivel de atención no se habla de servicios de atención integral, sino de PAQUETES BASICOS O CANASTA GARANTIZADA DE PRESTACIONES, con lo que se reafirma la exclusión de servicios para la mayoría de la población salvadoreña.
El tema de acreditación de Hospitales es un tema espinoso, estamos claros que los Hospitales de segundo y tercer nivel deberán estar certificados por el ente rector, sin embargo si no se reglamenta claramente este punto se puede prestar para acreditar Hospitales privados que no reúnen requisitos, utilizando mecanismos perversos de compra de voluntades lo cual favorecerá la corrupción.
EN RESUMEN LA PROPUESTA GUBERNAMENTAL SOBRE CREACION DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD:
1-No resuelve la grave situación de salud de El Salvador.
2-No tiene reformas al marco legal que garantice la ampliación de cobertura, ni la prestación universal de servicios de salud para toda la población.
3-No contiene ningún artículo referente al financiamiento Público del sistema de salud
4- Únicamente Garantiza “Paquetes Básicos” de salud, las prestaciones por servicios especializados serán pagadas adicionalmente por COPAGO O DEDUCIBLE.
5-Institucionaliza la participación de proveedores privados ya que abre las puertas a la provisión de servicios públicos de salud a las empresas privadas y con ello iniciamos formalmente la privatización de la salud.
6-Construye las bases para la “legalización” de un sistema de mercado de salud.
7-No fortalece la rectoría del MSPAS
8-No hace compromiso de impulsar la propuesta de reforma del sector salud
9-EL MERCADO NO ES UN AGENTE CONVENIENTE PARA BRINDAR SERVICIOS DE SALUD, POR LO QUE SE NECESITA DE LA INTERVENCION DEL ESTADO.
POR TANTO: Rechazamos técnicamente la Ley de creación del Sistema Nacional de Salud, por ser contraria al Espíritu Constitucional del derecho a la vida y a la salud y por favorecer un sistema de mercado privatizador de la salud, HACEMOS UN LLAMADO A CONCIENCIA DE LOS DIPUTADOS/AS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PARA QUE RECHAZEN ESTE ANTEPROYECTO DE LEY Y SE PRONUNCIEN POR UN DEBATE PUBLICO EN DONDE PARTICIPEMOS TODOS LOS SECTORES DE LA SOCIEDAD.
Pueblo Salvadoreño, mantente atento a la discusión del anteproyecto de ley para la creación del sistema nacional de salud que se esta debatiendo en la Comisión de Salud y medio Ambiente de la Asamblea Legislativa, y que pretende ser aprobada por los partidos ARENA, PCN, PDC para PRIVATIZAR LOS SERVICIOS DE SALUD.
Urgimos a los sectores profesionales, organizaciones sociales e intelectualidad del País, para que analicen este anteproyecto de ley y se pronuncien públicamente a fin de parar esta maniobra que atenta contra la salud de toda la gente, principalmente afecta a los más pobres.
SALVADOREÑOS Y SALVADOREÑAS: Debemos defender la salud de nuestros hijos e hijas, de toda la familia, de toda la población, la salud es el primer derecho humano fundamental Y UN BIEN PÚBLICO.
Incorpórate a la lucha social, a las protestas pacificas, marchas y actividades que serán convocadas por organizaciones de la sociedad civil
PUEBLO UNETE A LA LUCHA EN CONTRA DE LA PRIVATIZACION.
MOVIMIENTO PAIS SALUDABLE
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ANALISIS CRÍTICO ACERCA DE EL ANTEPROYECTO DE LEY PARA EL SISTEMA NACIONAL DE SALUDTags: Salud, Privatización de la salud